Industria y Desarrollo Productivo
El Portal con la información que necesitás
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Desde la Unidad de Integridad y Transparencia perteneciente a la Dirección General de recursos Humanos, queremos compartirles un flyer sobre el Registro de Obsequios (Decreto 1179/2016) elaborado por la Oficina Anticorrupción (OA).
Publicado el martes 23 de noviembre 2021
Todas las personas que trabajamos en el Estado
Tenemos prohibido recibir obsequios por nuestras funciones públicas (cosas, servicios, beneficios, descuentos).
Podemos aceptar obsequios de cortesía o costumbre diplomática, siempre que no provengan de una fuente prohibida: personas con intereses que pueden afectarse con una decisión del organismo donde trabajamos (contratistas, concesionarios, proveedores, regulados, controlados, etc.)
TODOS los obsequios se deben registrar (GDE-TAD)
Salvo los comestibles, se deben incorporar al patrimonio del Estado los obsequios que su valor supere los $12.000 o que su valor sea imposible de determinar o que tengan “valor institucional”.
Ante la duda de si corresponde o no recibir un obsequio ¡No lo recibas!