Este porcentaje determinado será de cumplimiento obligatorio para el personal de planta efectiva, para los contratados cualquiera sea la modalidad de contratación, y para todas aquellas situaciones en que hubiere tercerización de servicios.
El Estado asegurará que los sistemas de selección de personal garanticen las condiciones establecidas en dicho artículo, proveerá las ayudas técnicas y los programas de capacitación y adaptación necesarios para una efectiva integración de las personas con discapacidad a sus puestos de trabajo.