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El Portal con la información que necesitás

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¿Quiénes somos?

Somos el Área de Higiene y Seguridad perteneciente a la Coordinación de Infraestructura Edilicia (CIE) dependiente de la Dirección de Servicios Técnicos y Operativos (DSTyO).
Nuestro principal objetivo es asesorar a la DSTyO en materia de higiene y seguridad, acorde a la Ley 19587/72 – Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo: el mantenimiento edilicio y las cuestiones que de allí se desprenden en cuanto al cuidado del personal que en él opera.

 

En este aspecto se destacan:

  • Asesorar en la materia, al momento de armar pliegos de contratación para reparaciones y reformas de mantenimiento edilicio.
  • Dictar capacitaciones para el  personal de la dirección y del edificio.
  • Colaborar en aspectos estructurales y en los sistemas del edificio a utilizarse en el plan de evacuación.
  • Relevar al personal de talleres y mantenimiento, y evaluar necesidades y riesgos en cuanto a los elementos de protección personal (EPP) y ropa de trabajo.
  • Relevar el edificio detectando situaciones/elementos que pudieran significar un riesgo para el personal, y solicitar las correspondientes correcciones mediante ordenes de trabajo.
  • Controlar la documentación de empresas contratistas y relevar los distintos sectores de trabajo para chequear el cumplimiento de la normativa de higiene y seguridad.

Importante - Uso consciente de instalaciones eléctricas

En cumplimiento del Decreto 351/79, Reglamentario de la Ley 19587 de Higiene y Seguridad y la Resolución Ministerial 1335/98 de Ocupación y Usode espacios físicos,  se recuerda que no se recomienda el uso de equipos que exijan las instalaciones eléctricas del edificio con el objetivo de prevenir accidentes y riesgos que se puedan originar (electrocución por contacto directo o indirecto y/o incendios)

Por lo que se recuerda:

1. En todo ámbito de trabajo donde se desarrollen actividades administrativas queda terminantemente prohibido instalar artefactos eléctricos como calentadores, caloventores, estufas, cafeteras, microondas, frigobares, heladeras, bebederos o dispensers de agua. Los office son espacios destinados a tal fin.

2. No deberán colocarse prolongadores externos, zapatillas o extensiones que impliquen sobrecargar eléctricamente los tomacorrientes, así como tampoco dejar cables sueltos con tensión lugares de paso.

3. En los locales u oficinas que posean equipos de aires acondicionados individuales, el encendido y apagado es responsabilidad de quienes lo utilicen.

4. Queda prohibido realizar conexiones eléctricas que no sean a través de las áreas encargadas de dicho trabajo con personal capacitado para tal fin.

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Protocolos

En esta sección vas a encontrar contenido audiovisual vinculado con ejercicios prácticos y consejos sobre salud ocupacional. Se trata de información útil para la prevención de accidentes domésticos y la mejora de la salud física, a través de ejercicios de relajación y respiración.